Entidades interesadas
Una entidad interesada es cualquier organización, empresa o individuo que preste servicios para ayudar a preparar, colocar, promover, publicar o difundir publicidad política, o que pueda verse afectada por las normas de transparencia y segmentación del reglamento de publicidad política de la UE. Estas entidades incluyen agencias de publicidad, plataformas, influencers, intermediarios de datos, consultorías políticas y medios de comunicación que gestionan anuncios políticos.
Base jurídica
El término "entidades interesadas" se utiliza en todo el Reglamento 2024/900 para describir a las partes interesadas a las que afecta el reglamento o que desempeñan un papel en el ecosistema de la publicidad política. Aunque el reglamento no proporciona una definición formal única, identifica diversos actores, incluidos los "prestadores de servicios de publicidad política", los "editores" y los "promotores", que deben cumplir las obligaciones de transparencia y segmentación.
"El presente Reglamento establece normas armonizadas sobre la prestación de servicios de publicidad política y sobre el uso de técnicas de segmentación y técnicas de entrega de anuncios en el contexto de la promoción, publicación, entrega o difusión de publicidad política."
— Artículo 1, Reglamento 2024/900
Por qué es importante
Comprender quién se considera una entidad interesada es esencial porque el reglamento crea obligaciones para todas las personas involucradas en la cadena de suministro de la publicidad política, no solo para los anunciantes y las plataformas. Si usted presta algún servicio relacionado con la publicidad política —desde el diseño de campañas hasta el análisis de datos de votantes o la publicación de anuncios— puede tener obligaciones de transparencia, conservación de registros o diligencia debida en virtud del TTPA.
El reglamento adopta deliberadamente un enfoque amplio para capturar todo el ecosistema. Esto significa que las agencias de publicidad, las empresas de relaciones públicas, las empresas de análisis de datos, los influencers que promocionan contenido político a cambio de una remuneración y las plataformas del lado de la oferta deben evaluar si están dentro del ámbito de aplicación. Incluso las organizaciones que prestan servicios auxiliares, como las consultorías políticas que asesoran sobre estrategias de segmentación, deben evaluar su función.
Para las empresas que operan en toda la UE, esta definición amplia significa que el cumplimiento puede ser complejo. Una única campaña de publicidad política puede involucrar a múltiples entidades interesadas en diferentes Estados miembros, cada una con obligaciones específicas según su función como promotor, prestador o editor.
Puntos clave
- Ámbito amplio: Las entidades interesadas incluyen cualquier organización o individuo involucrado en la preparación, colocación, promoción, publicación o difusión de publicidad política
- Múltiples funciones: Una misma entidad puede ser tanto prestadora como editora de servicios de publicidad política (por ejemplo, una plataforma de redes sociales)
- Definición basada en servicios: El reglamento se centra en qué servicios presta usted, no en su categoría empresarial o sector industrial
- Obligaciones de transparencia: La mayoría de las entidades interesadas deben garantizar que los anuncios políticos estén claramente etiquetados y que la información de transparencia esté disponible
- Consideraciones transfronterizas: Las entidades establecidas fuera de la UE pero que ofrecen servicios a promotores o audiencias en la UE están dentro del ámbito de aplicación
- Servicios auxiliares excluidos: Los servicios de apoyo puro, como impresión, alojamiento web o transporte de materiales, generalmente no están cubiertos
Entidades interesadas vs. Prestadores de servicios de publicidad política
Mientras que "entidades interesadas" es un término amplio que abarca a todas las personas potencialmente afectadas por el TTPA, "prestadores de servicios de publicidad política" es una categoría jurídica específica con obligaciones definidas. No todas las entidades interesadas son prestadores; por ejemplo, una organización que supervisa el cumplimiento de la publicidad política es una entidad interesada, pero no un prestador.
Los prestadores son entidades que realmente preparan, colocan, promueven, publican, entregan o difunden publicidad política para un promotor o en su nombre. Tienen obligaciones específicas en virtud del Capítulo II (transparencia) y, cuando utilizan datos personales para la segmentación en línea, del Capítulo III (normas de segmentación).
Si usted es una entidad interesada, su primera tarea es determinar si también es un prestador o editor con obligaciones regulatorias directas, o si se ve afectado de otra manera (por ejemplo, como proveedor de tecnología o consultor de cumplimiento).